PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano VALERIO RAMON CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº 4.073.081 y de este domicilio., contra Sociedad Mercantil ELECTRICARBURACION C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, el 08 de julio 1975, bajo el Nº 52, tomo Nº 2. En consecuencia se condena a la demandada a cancelar la cantidad total de Bs. /f 15.269.34; menos la cantidad recibida por adelanto de prestaciones sociales, lo cual quedó reconocido por el mismo actor en su libelo de demanda; la cual es de Bs. 8.003,87. En tal sentido restan por cancelar y cuyo pago se condena la cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. /f 7.265.47) por los conceptos anteriormente descritos y que se dan aquí por reproducidos.