Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 16/07/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Septimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2008-327 N° Sentencia : Fecha: 16/07/2008
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
VALERIO CASTILLO VS. ELECTRICARBURACION C.A.
Resumen:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano VALERIO RAMON CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº 4.073.081 y de este domicilio., contra Sociedad Mercantil ELECTRICARBURACION C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, el 08 de julio 1975, bajo el Nº 52, tomo Nº 2. En consecuencia se condena a la demandada a cancelar la cantidad total de Bs. /f 15.269.34; menos la cantidad recibida por adelanto de prestaciones sociales, lo cual quedó reconocido por el mismo actor en su libelo de demanda; la cual es de Bs. 8.003,87. En tal sentido restan por cancelar y cuyo pago se condena la cantidad de SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. /f 7.265.47) por los conceptos anteriormente descritos y que se dan aquí por reproducidos.
Juez/Ponente:
Eugenia Espinoza
Organo:
Juzgado Septimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP02-L-2008-417 N° Sentencia : Fecha: 16/07/2008
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
YLDEMAR DE JESUS NAVAS BRAVO VS. SOCIEDAD MERCANTIL URBEL C.A. (URBELCA), INVERSIONES ROCA MAX Y INVERSIONES 22441 C.A.
Resumen:
En tal sentido si se encuentran debidamente notificadas las empresas demandadas. Ahora bien en cuanto a lo planteado a que no existe entre sus representadas y la empresa INVERSIONES 22441 C.A, un grupo de empresas, se le señala al referido apoderado, que tal planteamiento es materia de fondo, que necesariamente debe ser debatido ante el tribunal de juzgamiento, y no por ante los juzgados de sustanciación. En consecuencia se declara improcedente la solicitud de no instalación de la audiencia preliminar.
Juez/Ponente:
Eugenia Espinoza
Organo:
Juzgado Septimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados