Considera este Tribunal en razón de lo antes expuesto, que no es competente para conocer del mismo, y en consecuencia, se declara INCOMPETENTE y declina la competencia para el conocimiento del presente Recurso de Amparo Constitucional, al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Constitucional de ésta Circunscripción Judicial, a quien se acuerda remitir de manera inmediata el presente expediente. Regístrese, cópiese. Anótese su salida.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Titular,
Abg. Diana Carolina Isea
AGP/ryma