Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, presentado por el abogado en ejercicio ABRAHAM JOSÉ PALOMARES BRICEÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 228.393, en su condición de apoderado legal del ciudadano OSWALDO JEREZ ALBARRAN, titular de la cedula de identidad número 2.625.834, en el juicio por ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN intentado en contra del ciudadano ANTONIO JOSÉ BRICEÑO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad número 19.898.540, Así se decide.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no se condena en costas. Así se decide.