DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con Sede en Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por la ciudadana: Díaz de Abreu Glenda Josefina, titular de la cedula de identidad Nro. V- 5.500.768, contra el ciudadano: Abreu Castro Luis Adel; titular de la cédula de identidad N° V- 2.620.735.
SEGUNDO: QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los ciudadanos antes mencionados y plenamente identificados, habían contraído en fecha 31 de agosto del año 1.985, tal como se puede evidenciar en la copia fotostática certificada del acta Nº 163, y que se encuentra inserta en los libros de Matrimonios llevados por el Registro Civil de la Parroquia Juan Igna.....