Por cuanto este tribunal Redimió la Pena por el Trabajo y el Estudio a la penada ROSA MARIA ROJO, conforme al artículo 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en un tiempo de CUATRO MESES Y SIETE DÍAS, es por lo que este Tribunal pasa de inmediato a reformar el cómputo de la Pena de conformidad con lo establecido en el artículo 482 en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera:
Este tribunal, observa que en el último cómputo de pena se estableció como fecha de cumplimiento de pena el 28 de OCTUBRE de 2012, y en atención al tiempo redimido de CUATRO MESES Y SIETE DÍAS, al restársele a la anterior fecha de cumplimiento de condena se obtiene como nueva fecha de cumplimiento de condena el 21-07-2012.
A partir de este cálculo, se realiza el cómputo adecuado a las fechas de calendario a partir de las cuales le corresponden la gracia del confinamiento y el cumplimiento de las penas en el siguiente sentido, tomando en cu.....