DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 9, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO a GILBERTO ANTONIO VASQUEZ INOJOSA, Titular de la cedula de identidad, previa aceptación de los hechos que configuran el delito de LESIONES INTENCIONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, por el lapso de TRES (03) MESES de conformidad con el ultimo aparte del articulo 44 del Código orgánico procesal Penal, las condiciones que deberá cumplir son las establecidas el numeral noveno del articulo 44, se impone la siguientes condiciones: realizar trabajo comunitario de OCHO (08) HORAS MENSUALES durante TRES (03) MESES, a cumplir en la Comisaría de San Jacint.....