Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
1- PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana CARMEN DOLORES SÁNCHEZ AGUILAR, representada por los abogados CARMEN SÁNCHEZ GONZÁLEZ, ALBERTO BALZA CARVAJAL y GUILLERMO RAFAEL BALZA GARCÍA, todos suficientemente identificados en autos, contra el Ministerio de Educación Cultura y Deportes hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.
2- Se ORDENA la reincorporación de la querellante al cargo que venia desempeñando, esto es, de Docente de Aula I, en el Centro Preescolar J I- Rural Escolar 300, de Nirgua, Estado Yaracuy, o a otro de igual o superior jerarquía y remuneración, para el cual reúna los requisitos con el pago de los sueldos dejados de percibir, desde la fecha que se materializó el hecho de su retiro, esto es, 31 de julio de 2001, hasta la fecha d.....