Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se revoca la decisión de fecha 17 de septiembre de 2.012, mediante la cual el tribunal decretó: MEDIDA INNOMINADA DE PROTECCIÓN, en favor de la unidad de producción ubicada en el Sector denominado Juan Martín, Parroquia la Mesa de Esnujaque, Municipio Urdaneta, Estado Trujillo, la cual fuera solicitada por la Abogada HELEN KATHERINE BERMUDEZ ROA, Defensora Pública Agraria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.111, actuando en representación de la ciudadana MARÍA MARTA RAMIREZ DE RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedulan de identidad N° V-6.700.296, domiciliada en la Parroquia la Mesa de Esnujaque, Municipio Urdaneta, Estado Trujillo. Así se decide.
SEGUNDO: Quedan sin efecto los oficios 0453, 0454, 0455, 0456 de fecha 17 de Febrero de 2012, así como 0659-13,.....