DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por la ciudadana BEGMA SOLMIDA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.843.938, en contra del ciudadano NAHYN JOSÉ PERERA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-12.943.111, en relación a la disolución del vínculo matrimonial.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Blanco, Municipio Torres del Estado Lara, en fecha 22 de Abril del año 1994, quedando inserta el Acta bajo el Nº 009, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.