En merito de las razones expuestas esta Corte del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes del éste Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Declara: SIN LUGAR la solicitud de nulidad interpuesta por el abogado Julio Reinier Sierra, fiscal encargado Centésimo Décimo Tercero del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de esta misma Sección, en fecha 08 de enero de 2014, en el procedimiento seguido al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA)0, En consecuencia se CONFIRMA la decisión impugnada.