ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY determina y DECRETA: Primero: Con lugar las excepciones, de conformidad con los artículos 26,49, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en plena armonía con las facultades que le confiere el articulo 328 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, y con lo preceptuado en el articulo 28 numeral cuarto literal "e", y 282 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia habiendo declarado con lugar las excepciones, este Tribunal DESESTIMA la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en contra del ciudadano Lorenzo José Fernandez Requi, indocumentado, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, produciéndose los efectos de el articulo 33 numeral 4° en concordancia con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO FORMAL, de la caus.....