ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, PRIMERO: De conformidad a lo establecido en el artículo 33 numeral 4 del código orgánico procesal penal, el Sobreseimiento Formal de la causa seguida al ciudadano Ricardo José Azuaje, titular de la cedula de identidad Nº 14.718.174, por la comisión de los delitos de Resistencia a la Autoridad y Detentación Ilícita de Arma Blanca, previstos y sancionados en los artículos 218 numeral 1 y 277 ambos del código penal, en agravio del Orden Publico. SEGUNDO: Se declara el cese de toda medida de coerción personal que le hubiere sido impuesta al imputado de conformidad a lo establecido en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se decreta el sobreseimiento de la causa en relación a la ciudadana Marisela Azuaje, titular de la cedula de identidad Nº 14.800.084, por la presunta comisión del delito de lesiones intencionales en agravio de la ciudadana Magali Coro.....