DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: PROCEDENTE EN DERECHO el desistimiento del presente procedimiento efectuado por el Abogado HUGO GERMAN GARAVITO RINCÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 78.289, actuando en su propio nombre y representación, en su carácter de demandante en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoara en contra de la sociedad mercantil DROGUERÍA INSUMEFAR 24, C.A., ambos identificados al inicio de este fallo, quedando por tanto HOMOLOGADO, en consecuencia, extinguida la instancia.