conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, igualmente acuerda mantener en el archivo de este Tribunal el presente expediente hasta tanto se cumplan las obligaciones aquí contraídas, y una vez cumplidas se ordene el archivo definitivo del expediente.-
La Juez Temporal, La Secretaria,