este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: LA EXTINCIÓN DEL PROCESO que por Cobro de Prestaciones Sociales, Salarios Caídos y Demás Beneficios de Ley, incoado por el ciudadano: AMADO RAMÓN BRICEÑO SUÁREZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.310.5532, en contra de la ALCALDÍA BOLIVARIANA Y COMUNITARIA DEL MUNICIPIO VALERA DEL ESTADO TRUJILLO, representada legalmente por el ciudadano: TEMISTOCLES CABEZAS, reduciéndose en este acto a forma escrita conforme a lo establecido en el artículo 151 ejusdem. Se ordena la notificación mediante oficio del Sindico Procurador Municipal de la Alcaldía Bolivariana y Comunitaria del Municipio Valera del estado Trujillo, de conformidad con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal