IV
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 7 de noviembre de 2014, por la abogada Fabiana García Mandé, representante judicial del ciudadano Juan Carlos Magual Mande, parte intimada, contra el fallo proferido por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de agosto de 2014, el cual queda revocado.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN opuesta por la representación judicial de la parte intimada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Déjese copia certificada de la presente decisión, para darle cumplimiento a lo establecido en el artículo 248 Código de Procedimiento Civil.
En la oportunidad legal, .....