Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE inmediato de la Medida Cautelar de Libertad que pesa sobre el imputado DONNIS ANTONIO ANGEL ESTRADA, plenamente identificado en autos, medida decretada por este Tribunal en fecha 30.11.2003, por aplicación del articulo 9 y 244 aparte primero del Código Orgánico Procesal Penal, a quienes se les sigue proceso por la comisión del delito de: porte ilicito de arma de guerra, previsto en el articulo 275 del Código Penal vigente para la fecha de comisión. Líbrese Boleta de Notificación a las Partes. Regístrese. Cúmplase.