DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto JOSÉ DE JESÚS GONZÁLEZ FRANCO, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 06 de la solicitud, a sus hijos (se omite los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudieran tener ante el presente decreto.-