Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DEL PROCEDIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta en beneficio de: MARÍA ANGELICA NAVAS RODRÍGUEZ, de diecinueve (19) años de edad, de conformidad con el literal "b" del artículo 383 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y así, se decide.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara- Barquisimeto, a los diecisiete (17) días del mes de septiembre de dos mil doce (2.012). Años 202° y 153°.