DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, obrando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el presente recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por Belkis Coromoto Laguna, titular de la cédula N° V- 10.915.321, asistida por el abogado Pablo Materán Andrade, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.097.
NO HAY especial condenatoria en costas. Publíquese y regístrese esta sentencia.