iEn consecuencia hay razones sificientes para que este sentenciador reitere la posición pacífica respecto a que los actos procesales fijados no se pueden repetir justificando inasistencias de la olas partes, por razones de fuerza mayor o hecho fortuito ajeno a la voluntad de los contendientes sin pruebas fehacientes, no se puede soslayar el principio de certeza de los actos procesales, el de igualdad de las partes y equilibrio procesal, por lo que se declara impocredente la solicitud de fijación de la realización de nueva Audiencia Oral de Pruebas e Informes. Así se decide.