Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: la LITISPENDENCIA de la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por el ciudadano Jorge Luis Nieves Páez, ya identificado, en consecuencia queda extinguido el proceso, con fundamento a lo establecido en el artículo 61 del Código de Procedimiento Civil.