Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 89 ejusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y Trabajadores, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del Trabajador demandante, ni normas de orden público. PRIMERO: HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES por la cantidad CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (138.288,45 BS), mediante transacción bancarias realizada a la cuenta del trabajador, por la cancelación de Pago de diferencia de las prestaciones sociales y demás beneficios laborales, en la demanda incoada por el ciudadano WILLIAM ELIEZER PEÑA .....