este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO AVELINO HIDALGO TORO, a los ciudadanos: FLORENTINA DEL CARMEN HIDALGO VETHENCOURT, MARÍA ELOISA DE COROMOTO HIDALGO VETANCOURT, JOSÉ GABRIEL HIDALGO BETANCOURT y MARÍA CRISTINA HIDALGO BETANCOURT en su condición de hijos legítimos.-