DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, apreciadas las pruebas según la libre convicción y observando las reglas de la lógica y las máximas de experiencia, constituido como TRIBUNAL MIXTO, POR UNANIMIDAD de conformidad a lo establecido en el artículo 366 del código orgánico procesal penal, DECLARA: PRIMERO: Admitida como fue en su oportunidad la acusación presentada por la Fiscalía III del Ministerio Público en todas y cada una de sus partes, admitiéndose de igual manera las pruebas presentadas por éste para el juicio Oral y Público. SEGUNDO: En cuanto a la responsabilidad penal, se declara INOCENTE al ciudadano LEONARDO ANTONIO VERA PEÑA, venezolano, nacido en fecha 04-04-1966, natural de Machiques, Perija Estado Zulia, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-7935077, de 42 año.....