D I S P O S I T I V A
Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación formulada por la parte demandante en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 30 de enero de 2.009.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO DE INMUEBLE, intentara la ciudadana MARIA ROSALIA LINARES, en contra de la ciudadana CECILIA COROMOTO BARRIOS ORTEGA, ambas plenamente identificadas en autos.
TERCERO: Se ordena a la demandada hacer entrega del inmueble objeto del presente juicio a la demandante.
CUARTO: Se condena a la .....