con fundamento en el artículo 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO contra la acusada VILMA COROMOTO RODRIGUEZ DE YEPEZ, titular de la Cédula de Identidad No 7.466.990. Por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 406 ordinal 1º en concordancia con el artículo 80 del Código Penal. PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD A ADOLESCENTE, previsto en el artículo 268 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. TORTURA, previsto en el artículo 253 del Código penal, con las agravantes del artículo 77 ordinales 1, 4, 5, 6, 8, 11, y 14 ejusdem, y 217 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio que le corresponda conocer. Transcurrido el lapso legal remítase por secretaría las presentes actuaciones a los fines de su distribución. Las partes quedaron.....