Por las anteriores razones de hecho y fundamentos de derecho, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: Primero: Admite el escrito acusatorio presentado contra el ciudadano: Melvis Ramón Méndez Terán, Venezolano, Mayor de Edad, titular de la cedula de identidad N° 13.925.084, de 28 años, nacido en fecha 31-08-1976, casado, natural de Trujillo, Estado Trujillo, hijo de Armenio Araujo y Maria Méndez, domiciliado en sector Flor de Patria urbanización San Rafael, casa N° 29-30, en la casa propiedad del señor Armenio Araujo, cerca del taller del señor Manuel, Parroquia Flor de Patria, Municipio Pampan, Estado Trujillo, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 9 de la ley sobre armas y explosivos e.....