En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida en contra de los ciudadanos Yordeiby David González Cuello, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.262.907, natural de esta ciudad, nacido en fecha 08-12-1988, de 21 años de edad, soltero, grado de instrucción Técnico Medio en Administración Financiera, de profesión u oficio estudiante, hijo de Frank González y Miriam Hernández, residenciado en la Calle 57 entre calles 13 y 13 A, casa Nº 13-59, Barquisimeto, Estado Lara, Teléfono: 0251-4412406 (de su casa). (No presenta ninguna causa, luego de verificar el sistema Juris 2000.) Defensa Francisco García y Gilbert García, inscritos en el I.PS.A., bajo los Nº 143.921, 49387 y 104.26, respectivamente, con domicilio procesal carrera 18 esquina calle 24, Torre Ayacucho, mezanine 1, oficina M-7, de esta.....