LA ADMITE en cuanto ha lugar en derecho se refiere y ordena darle el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, emplácese al ciudadano: LUIS ANTONIO RIVERO LEÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-10.401.639, domiciliado en el sector La Abeja, calle principal, parte baja, San Juan de Isnotu, Parroquia José Gregorio Hernández, Municipio Rafael Rangel del Estado Trujillo, la misma se llevara a cabo en estas dirección que fue indicada en el escrito de demanda, a fin de que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes a que consten en autos la citación, más un (01) día que se le concede como termino de la distancia, para que procedan a contestar la demanda de ACCIÓN POSESORIA RESTITUTORIA DE LA POSESIÓN E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS