Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 26, 27, 30, 394, 396, 399 y 401 B de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA CON LUGAR, la COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA AMPLIADA planteada por el ciudadano WILLIAM GREGORIO GONZALEZ RIVAS, en contra del ciudadano YONNY HONORIO HERNANDEZ, y en beneficio del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), todos plenamente identificados en autos. En consecuencia, PRIMERO: La Colocación Familiar será cumplida en el hogar del ciudadano WILLIAM GREGORIO GONZALEZ RIVAS, domiciliado en la urbanización Hacienda 2 casa Nª 08, sector Las tunas,.....