Se fija provisionalmente en la suma de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300, oo) mensuales, la obligación de manutención, más la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500, oo) en el mes agosto por concepto de vacaciones y en el mes de diciembre por concepto de aguinaldos, que el ciudadano YOVANY ENRIQUE AZUAJE GUDIÑO, identificado, debe pasar a su hijo (se omite el nombre de acuerdo a previsiones de la LOPNA), desde este mes y año, mediante depósitos en cuenta bancaria que deberá aperturar la madre en Banfoandes para tal fin.