Ante lo expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
UNICO: Desistida la demanda, interpuesta por el ciudadano JOSE ALBERTO ESCALONA, en contra de la empresa GRUPO MULTIPLE 2 JR, C.A, y como consecuencia de ello, la extinción del procedimiento.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.