este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda propuesta por MILAGROS DEL VALLE TELLES ARAQUE Y ALEXANDER JOSE TELLES ARAQUE, cédula de identidad Nos. V- 10.913.433 y 10.913.571, respectivamente; representados por la Abg. MARIA ALEJANDRA MORENO MORENO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 77.178; contra la empresa SUPLIVENSA TRUJILLO S.A, representada legalmente por la ciudadana MAGALI ELENA FLORES PULGAR, titular de la cedula de identidad Nº 3.481.646, en su carácter de Presidenta, y por el Abg. BENEDICTO ENRIQUE GARCÍA GÓMEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo los Nº 157.052. SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar a los demandantes, la cantidad de Bs. 94.126,26, por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos derivados de la terminación de la relación laboral por r.....