Ley Declara Con lugar la solicitud planteada por la Defensa, ya que no existe otro elemento de convicción procesal que comprometa la responsabilidad del ciudadano LEONEL ANTONIO BRAVO PERNIA, plenamente identificado en autos, de conformidad con el articulo 190 del Código Orgánico Procesal Penal, anula todas las actuaciones posteriores a la decisión de fecha 22 de septiembre de 1997, cursa la folio 60 de la primera pieza, razón por la cual se ordena remitir las actuaciones al Ministerio Público. Quedaron todas las partes notificadas en la audiencia celebrada en la presente fecha