En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 03, del Circuito Judicial Penal el Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: LA ACUMULACION DE LAS PENAS EN LAS CAUSAS SEGUIDAS AL CIUDADANO JOSE EVELEY PEÑA ROSALES , titular de la cédula de Identidad n° 10.395.614 por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, resultando un total de la pena a cumplir por el penado de autos VEINTICINCO AÑOS, TRES MESES Y DIEZ DIAS DE PRESIDIO SEGUNDO: SE ORDENA la practica del Computo Definitivo, de conformidad con el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 479 en su numeral 3° eiusdem y pasa a determinar con exactitud la fecha en que finalizará la condena y en este caso la fecha a partir de la cual el penado podrá solicitar cualquiera de las formulas alter.....