Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abogada Laura Elizabeth Adams Camacho, Defensora Privada del ciudadano Carlos Miguel Aranguren Peña, contra la decisión dictada en fecha 27/04/2015 por parte del Tribunal de Primera Instancia de Función de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual revocó la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de régimen abierto otorgada al penado Carlos Miguel Aranguren Peña, titular de la cedula de identidad Nº 19.105.151.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Función de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Tribuna.....