En consecuencia, queda anulado el Contrato de Préstamo con Garantía Prendaria otorgado en fecha 29 de noviembre de 2002 por ante la Notaría Pública de Guacara, Estado Carabobo, quedando registrado bajo el Nº 66, Tomo 214 de los Libros de Autenticaciones de dicha Notaría, que fuera suscrito entre los ciudadanos HELENA RODRIGUES GOMES y ANGEL LUIÑA PEREZ, ambos identificados ab-initio, quedando modificada respecto al particular "TERCERO" (del dispositivo) la decisión recurrida de fecha 29 de enero de 2013 proferida por el Juzgado Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, debiendo declararse parcialmente con lugar la apelación del codemandado ÁNGEL LUIÑA PÉREZ, inadmisible la apelación de la codemandada HELENA RODRÍGUES GÓMES y sin lugar la adhesión de la apelación (por la improcedencia de los honorarios) formulada por la parte actora, no produciéndose i.....