DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÒN PERSONAL DECRETADA EN CONTRA del ciudadano JEAN CARLOS GONZALEZ, por el Tribunal de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal en fecha 18-10-2006, consistente en presentación periódica ante el Tribunal, conforme al artículo 244 del citado Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 264 eiusdem. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme al artículo 175 eiusdem y Ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo departamento de presentaciones de este Circuito Judicial Penal para que tengan conocimiento del cese de la medida de coerción personal contra el referido imputado.