PRIMERO: En consecuencia a la aptitud del litisconsorcio activo conformado por los ciudadanos EDUARDO LUÍS SILVA MENDOZA y JANNY MARIBEL GARCÍA URE -Titulares de las cédulas de identidad V-18 736 357 y V-12 241 287, respectivamente-, y los ciudadanos abogados ÓSCAR ORLANDO CORONADO MORA y MEIBER COROMOTO LAZARO ORDAZ -Titulares de las cédulas de identidad V-13 991 900 y V-7 378 172, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 291 308 y 295 374, respectivamente-, al activar innecesariamente el Sistema de Justicia de la Nación -El cual, se encuentra conformado también por los Órganos de la Jurisdicción Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Lara-, ello iniciando dos (02) procedimientos que guardan relación en sus elementos de sujetos (El litisconsorcio activo conformado por los ciudadanos EDUARDO LUÍS SILVA MENDOZA y JANNY MARIBEL GARCÍA URE -Titulares de las cédulas de identidad V-18 736 357 y V-12 241 287, respectivamente-; y la parte demandada entidad de trabajo DROGUERÍA S.....