este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, en aplicación supletoria de los artículos 202 y 310 del Código de Procedimiento Civil, conforme a lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: ORDENA: Primero: LA SUSPENSIÓN de la presente causa desde el día de hoy hasta la fecha en que concluya la Mesa de Negociación convocada por iniciativa de las partes, ambas fechas inclusive, reanudándose el proceso de pleno derecho, en el presente asunto, al día hábil siguiente al vencimiento del referido lapso de suspensión. Segundo: Se REVOCA, por contrario imperio, la convocatoria para la celebración de la audiencia de juicio, en los términos contenidos en el auto cursante al folio 1035, mediante el cual se había fijado la oportunidad para su celebración para el 13 de abril de 2009. Tercero: Una vez reanudada la causa de pleno d.....