D E C I S I O N
En razón al Desistimiento, presentado por los ciudadanos LIDIA LUZMILLA LOPEZ TACHELLY y GABRIELLA LUZMILLA RIVAS LOPEZ, contra la ciudadana CARMEN JOSEFINA FERNANDEZ DE VIGNONE, todos arriba identificados, en el presente juicio por PRESCRIPCION ADQUISITIVA, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte Su Homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
En virtud del presente DESISTIMIENTO, se ordena lo siguiente:
Devuélvase los originales que rielan al expediente. Se da por terminado el presente juicio. Archívese el expediente en su oportunidad.
Regístrese y Publíquese.
De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Desp.....