DECISIÓN
En virtud de lo expuesto en los capítulos anteriores y de acuerdo a las pautas establecidas en el artículo 622 Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, y los resultados que ESTE TRIBUNAL DE JUICIO DE LA SECCION DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, estudiadas a que se refiere las pautas que establece el artículo 622 de la LOPNNA, DECRETA; Primero: RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano YORDANO RAMON PINEDA RAMIREZ, venezolano, de 20 años de edad, cédula de identidad 18.801.764, natural de Valera estado Trujillo, nacido en fecha 30-05-1987, hijo de Rafael Pineda y Aidé Coromoto, domiciliado en el Sector el Limón, detrás de Aeropuerto, Casa S/N sin pintura, cerca del negocio del señor José, a cuatro cuadras del Liceo, Campo Alegre, Municipio San Rafael de Carvajal, estado Trujillo, una vez admitidos por él, los hechos acusados. Segundo: Lo.....