Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se ANULA, con base en las motivaciones anteriores, la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2014 dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que había declarado con lugar el derecho al cobro de honorarios profesionales de abogados demandados por los letrados en ejercicio JOSE CLEMENTE BOLIVAR y NANCY YSABEL RIVAS contra la asociación civil sin fines de lucro "CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES, JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL" (C.A.T.J.P.A.M.L.D.C), ambos identificados ab-initio;
SEGUNDO: Se REP.....