En consecuencia, de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus JOSE ALFREDO GOMEZ VALE, quien falleciera en fecha 04 de Diciembre de 2013, según consta del Acta de Defunción expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Flor de Patria, Municipio Pampán del Estado Trujillo, a la ciudadana: JENIFER MICHELLE GOMEZ GARCIA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-24.698.547, en su condición de hija del causante JOSE ALFREDO GOMEZ VALE.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto.
Así mismo, se acuerda hacer entrega de estas actuaciones en original a la solicitante, dejándose copia fotostática debidamente certificada por .....