DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 628 parágrafo segundo literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Decreta la medida de Privación de Libertad por el lapso de tres (03) meses, que vence el día 19-10-2011, contra el joven RESERVADO Particípese de lo conducente al Tribunal en funciones de Juicio de Adultos del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, remítase copia certificada de la decisión al ciudadano Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental
El Juez de Ejecución
Abog Gerardo Pastor Arias El Secretario