DISPOSITIVO
Con base a las apreciaciones que se han dejado hechas, este Tribunal Superior Accidental, declara: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante, a través de su apoderado judicial Abogado Carlos Rivas Parra, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 21.719, contra el fallo dictado por el A quo en fecha 16 de Septiembre de 2005; CON LUGAR la demanda de nulidad de ventas de acciones, instaurada por la ciudadana Geni Mariana Trimarchi Morillo, titular de la cédula de identidad N° V-18.458.644, representada por su progenitora Digna Rosa Morillo González, titular de la cédula de identidad N° V-5.505.852 y la ciudadana Yean Carla Trimarchi Morillo, titular de la cédula de identidad N° V-16.267.860, en contra de la Asociación Civil Valera Tennis Club, inscrita por ante la Oficina Subalterna de los Municipios Valera, Motatán y San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo, de fecha 16 de julio de 1962, bajo el N° 19, Tomo I, Protocolo I del Tercer Trimestre; LA NULIDAD ABS.....