DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: INADMISIBLE por extemporáneo el recurso ordinario de apelación ejercido por la Abogada Mireya Hidalgo Peña, actuando en representación de la ciudadana BEATRIZ MARLENE CHIQUIN DE KUSHFE, en contra del auto de fecha 02 de agosto de 2022, proferido por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quedando REVOCADO el auto de fecha 12 de agosto de 2022, que oyera dicho recurso en el solo efecto devolutivo.