Por los argumentos de hecho y derecho explanados a lo largo de la presente decisión esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CON VOTO SALVADO DE LA JUEZA DE ESTA CORTE DRA. RAFAELA GONZALEZ CARDOZO, DECRETA:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto interpuesto por los Abogados JOSE LUIS MOLINA GIL y YUSLEIVY ADRIANA PINEDA SILVA, actuando, en su orden, con el carácter de Fiscal Auxiliar Interino comisionado para encargarse de la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo y Fiscal Auxiliar Interina de la Fiscalia Tercera del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, recurso éste ejercido en contra de la decisión publicada en fecha 13 de Junio de 2013, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial P.....