El Juez de la primera instancia, en la motivación de su decisión, se observa que utilizó un fundamento genérico, en el cual analizó el alegato manifestado en el escrito libelar, aplicando lo previsto en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo vigente para ese momento, pero sin considerar las pruebas cursantes en autos y el principio constitucional de primacía de la realidad sobre las formas o apariencias, previsto en el Artículo 89 del Texto Fundamental.
Así pues, se observa de los recibos de pago consignados en el expediente (folios 91 al 233 de la primera pieza), que no fueron impugnados y se les otorgó pleno valor probatorio, que el trabajador percibía de manera constante y reiterada el pago de una cantidad adicional al salario fijo, denominado "fideicomiso", pero que no cumple con los extremos previstos en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, ya que dicho monto estaba a la libre disposición del trabajador, desvirtuando su naturaleza jurídica.
En consecuencia, d.....